Oficial de Protección de Buques (OPB)

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Objetivo

Capacitar al alumno para asumir las tareas y responsabilidades del oficial de protección del buque que se definen en el Convenio SOLAS y en el Código Internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (PBIP).

Dirigido:

Personal que trabaje en una compañía naviera y que sean o vayan a ser designados Oficial de Protección del Buque.

Requisitos:

Para la realización del curso de Oficial de Protección del Buque, será necesario estar en posesión de un título profesional de la Marina Mercante que permita enrolarse como Capitán o Jefe de Máquinas, Oficial de puente u Oficial de máquinas, Oficial radioelectrónico o de un título académico que permita la obtención de los citados títulos.

Atribuciones:

El Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo, establece en su artículo 6- 4.º que corresponde a la Dirección General de la Marina Mercante verificar la formación de los oficiales de protección de los buques y los oficiales de la compañía para la protección marítima. A tales efectos le corresponde aprobar los programas de formación, las condiciones de homologación y control de los centros de formación y las condiciones de obtención de los certificados de especialidad de Oficial de Protección del Buque y de Oficial de la Compañía para la Protección Marítima.

Duración: 24 Horas teoría / práctica.

  1. INTRODUCCIÓN.
  2. POLÍTICA DE PROTECCIÓN MARÍTIMA.
  3. RESPONSABILIDADES DE PROTECCIÓN.
  4. EVALUACIÓN DE LA PROTECCIÓN DEL BUQUE.
  5. SISTEMAS Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN.
  6. EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL BUQUE.
  7. AMENAZAS: IDENTIFICACIÓN, RECONOCIMIENTO Y RESPUESTA.
  8. MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL BUQUE.
  9. ADMINISTRACIÓN DE LA PROTECCIÓN MARÍTIMA.
  10. FORMACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN MARÍTIMA.
  11. PRÁCTICAS DE PROTECCIÓN.

Los poseedores del Certificado Oficial de la Compañía para la Protección Marítima (OCPM), podrán obtener el Certificado de Oficial de Protección del Buque (OPB), siempre que además estén en posesión de un título profesional de la Marina Mercante que les habilite para su obtención.

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