Nos hemos homologado para impartir los certificados de Oficial de Protección del Buque y Oficial de la Compañía para la Protección Marítima

Información General

En la legislación española, esto se contiene en la Resolución de 5 de junio de 2008 de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se crean los certificados de especialidad de oficial de protección del buque y oficial de la compañía para la protección marítima.

Según esto, el título de SSO-OPB va dirigido a Capitanes, Jefes de Máquinas, Oficiales de Puente y Máquinas, Oficiales Radioelectrónicos, así como aquellas personas que posean un título académico que permita la obtención de los citados títulos profesionales. Esto último se traduce en poseer una diplomatura universitaria en alguna de las titulaciones náuticas o el bachillerato más la prueba de acceso a la universidad (PAU).

A estos anteriores podemos añadir que los titulados en las escuelas nautico-pesqueras (antiguo FP y actuales módulos) pueden actuar como oficiales de puente y máquinas en determinados buques y por lo tanto, pueden acceder a esta formación.

A partir del 1 de enero de 2014, LA GENTE DE MAR deberá recibir formación en aspectos de protección en conformidad con las nuevas disposiciones. 

Certificado de Oficial de Protección del Buque.

(SSO-OPB): persona a bordo del buque responsable ante el capitán y designada por la compañía naviera para responder de la protección del buque, incluidos la implantación y el mantenimiento del plan de protección del buque, y para la coordinación con el oficial de la compañía para la protección marítima y con los oficiales de protección de las instalaciones portuarias.

  1. Para la realización del curso de Oficial de Protección del Buque, será necesario estar en posesión de un título profesional de la Marina Mercante que permita enrolarse como Capitán o Jefe de Máquinas, Oficial de puente u Oficial de máquinas, Oficial radioelectrónico o de un título académico que permita la obtención de los citados títulos.
  2. El certificado de Oficial de Protección del Buque se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso modelo 3.19 (Oficial de Protección del Buque).
  3. La duración del curso será de 24 horas.
  4. El certificado tendrá una validez indefinida, pudiéndose renovar a instancia del interesado en caso de pérdida o deterioro.

Certificado de Oficial de la Compañía para la Protección Marítima.

(MSCO-OCPM): persona designada por la compañía para asegurar que se lleva a cabo una evaluación sobre la protección del buque y que el plan de protección del buque se desarrolla, se presenta para su aprobación, y posteriormente se implanta y mantiene, y para la coordinación con los oficiales de protección de las instalaciones portuarias y con el oficial de protección del buque.

El título de MSCO-OCPM va dirigido a dirigido a los responsables de las compañías navieras que vayan a desempeñar las funciones de Oficial de la compañía para la protección. Al no ser necesario ser diplomado en ciencias náuticas, podrá realizarlo cualquier persona.

  1. El certificado de Oficial de la Compañía para la Protección Marítima se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso modelo 3.20 (Oficial de la Compañía para la Protección Marítima) y el Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP).
  2. La duración del curso será de 30 horas.
  3. El certificado tendrá una validez indefinida, pudiéndose renovar a instancia del interesado en caso de pérdida o deterioro.